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Después de 18 años fallan acción popular por activos usados por la EMSA sin pagar.

Villavicencio.- Después de 18 años de haber sido interpuesta una acción popular en contra de la Electrificadora del Meta, el Tribunal Administrativo del Meta falló en segunda instancia y los conmino a pagar el uso de los activos eléctricos aportados durante este tiempo por la Gobernación del Meta, 13 municipios y dos entidades del estado.

Los activos como postes, cableado y transformadores, que se han instalado en varias zonas rurales y urbanas a través del tiempo por parte del gobierno departamental, las alcaldías, el desaparecido IPSE, instituto de planificación de soluciones energéticas y el Fondo nacional de regalías, para suplir la deficiencia del servicio de energía en esta región, no se han cuantificado por parte de la EMSA a la fecha y tampoco se paga por su uso durante muchos años, asegura el fallo judicial.

Noticias YA conoció los alcances de la sentencia de segunda instancia y dialogó con el demandante, el abogado John Jairo Rey Ortiz, quien, en el año 2006, presentó la acción popular para que se reconociera en el inventario de la Electrificadora del Meta y se valorará el valor de los activos con recursos aportados por los entes territoriales.

En el fallo el Tribunal califica de negligencia a la EMSA y los alcaldes y Gobernación por no tener los cuantificados los inventarios de las inversiones realizadas y les otorga un plazo de 24 meses para buscar una salida negociada y un acuerdo con las partes involucradas sobre la forma como se reconocerá el pago por el uso de las redes públicas, durante muchos años y el valor de los activos.

Según John Jairo Rey, el Tribunal revocó el fallo de primera instancia del Juzgado 9 administrativo del municipio emitido en marzo de 2022, después de 16 años de presentada la acción popular, pues considera que los bienes y recursos públicos, no pueden estar dando rendimientos económicos a un particular, como lo es el caso de dos de los socios de la EMSA, como son el Grupo de Energía de Bogotá y la Federación nacional de cafeteros.

El Tribunal condenó además de la EMSA y la Gobernación del Meta, a los municipios de San Martín, Villavicencio, Granada, Puerto López, Acacias, Restrepo, Cumaral, Fuente de Oro, Guamal, Castilla la Nueva, Cubarral, San Juan de Arama, Lejanías y San Carlos de Guaroa y además al IPSE y el Fondo nacional de regalías, estas últimas entidades ya desaparecidas, pero que aportaron en su momento recursos para proyectos de electrificación rural.

Ahora tendrán 24 meses las entidades vinculadas para cesar la amenaza del derecho colectivo a defender el patrimonio público, realizando actividades de valoración de los activos realizados a la fecha y que usa la EMSA, para lo cual tendrán que conformar un comité de verificación integrado por el accionante de la acción popular, John Jairo Rey y el representante legal de cada uno de los entes condenados y deberán entregar un informe trimestral del proceso al juzgado que lleva el caso, sobre el cumplimiento del fallo.

Basta recordar, de acuerdo con la composición accionaria de la Electrificadora del Meta, E.S.P. los socios tienen conformada su participación así: Ministerio de Hacienda 55.6%; Departamento del Meta 26.15%; Grupo energía de Bogotá16.2%; Municipio de Villavicencio 1%; municipio de San Martín 0.475%; y Federación Nacional de Cafeteros 0.475%.

Finalmente, el Tribunal administrativo negó al demandante el pago de un incentivo económico por la acción popular, dando cumplimiento al fallo del consejo de estado en su sentencia del 3 de septiembre de 2013, que ratificó lo dicho por la ley que eliminó esos pagos.

Hasta el momento ninguno de los entes territoriales involucrados en el fallo judicial se ha pronunciado sobre las acciones que van a tomar para recuperar sus inversiones en la EMSA.

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