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Conjuntos deben permitir tránsito de animales

Bogotá, 16 sept 2025.- En Colombia, las normas vigentes garantizan que los residentes de conjuntos puedan movilizarse con sus mascotas por los espacios comunes, sin que las administraciones puedan impedirlo. Así lo determina la Ley 1801 de 2016, que protege tanto la convivencia ciudadana como los derechos de los animales.

Aunque algunos edificios aún conservan manuales que limitan la presencia de perros en zonas compartidas, como jardines o ascensores, estas restricciones son contrarias a la ley y deben ser eliminadas. Los administradores están en la obligación de actualizar dichos reglamentos para cumplir con el marco jurídico actual.

La ley también establece que los dueños deben ejercer control sobre sus animales: usar correa, recoger sus excrementos y, si se trata de razas especiales, colocarles bozal. Estas medidas buscan evitar molestias o incidentes con otros vecinos.

En caso de que una administración persista en aplicar normas que vulneren estos derechos, los habitantes pueden recurrir a las autoridades para exigir su cumplimiento. La Policía Nacional tiene la capacidad de intervenir y garantizar el respeto por la ley y la integridad de los animales de compañía.

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